Aunque estamos en otoño nunca está de más saber las necesidades de uso de las piscinas comunitarias (así podemos tener todo listo con antelación para junio de 2016).

En cuanto a seguridad, si la piscina en las que el acceso de baño no está controlado tendrá que tener una valla que posea una altura mínima de 1200 mm.

Sobre el tema de profundidad, las piscinas dirigidas al público infantil tendrán una profundidad no superior a 50 cm. Las demás piscinas podrán ir desde zonas con poca profundidad (1,40 metros hasta los 3 metros). Se deberán señalar las zonas a partir de 1,40 metros de profundidad. El resto de zonas también tendrán que estar señalizadas tanto desde las paredes del vaso como en el andén, ya que de esta manera se verán fácilmente las medidas desde el interior y el exterior de la piscina.

El andén que rodea la piscina tendrá una anchura mínima de 1,20 metros.

El botiquín estará dispuesto en un lugar visible y poseerá una cantidad de medicinas imprescindibles al igual que instrumentos para la cura.

Los niños menores de 6 años deberán utilizar la piscina infantil y los niños de edad comprendida entre 6 a 14 años, podrán utilizar la piscina grande pero teniendo que estar supervisados bajo la responsabilidad de un adulto.

Aparte de estas hay muchas otras normas sobre mantenimiento y uso de una piscina. Los ayuntamientos  de las comunidades autónomas son los que regulan los aspectos de este tipo de instalaciones, así que conviene estar atentos todos los años porque salen nuevas reglamentaciones o hacen algunas modificaciones.

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Fuente: Admifin